¿Por qué pretenden confesar los pecados los sacerdotes si ellos son simples hombres?
La objeción es frecuente, y no sólo viene de protestantes, sino en algunos casos, también de católicos reacios a la confesión. Escribía un convertido, hablando de su vida pasada cuando era protestante: “La creencia católica en el sacramento de la confesión y su práctica de confesar los pecados a un sacerdote, siempre me fastidiaron. Desafiándolos, yo les decía: ‘Sólo Dios puede perdonar los pecados. Nadie tiene que ir a un hombre pecador para ser perdonado. ¡Nos dirigimos directamente a Dios!”[1].
Es cierto, y los protestantes serios no dudan de ello, de que Jesucristo tiene el poder de perdonar los pecados y de hecho, en los Evangelios lo hace en repetidas ocasiones, como al perdonar a la adúltera (Jn 8), al paralítico: Hijo, tus pecados te son perdonados (Mc 2,5), a la pecadora en casa de Simón el fariseo: Sus pecados, sus numerosos pecados le quedan perdonados, por el mucho amor que mostró (Lc 7,47), al buen ladrón: En verdad te digo que hoy mismo estarás conmigo en el Paraíso (Lc 23,43). Y no sólo eso, sino que Jesucristo reivindica el derecho de hacerlo: El Hijo del Hombre tiene poder de perdonar los pecados en la tierra (Mc 2,10).
Pero la misma Biblia testimonia que este poder de perdonar los pecados es comunicado a sus apóstoles, y se trata en este caso de un acto absolutorio de los pecados en nombre del mismo Dios. Esto hay que tenerlo en cuenta. El mandato de perdonarnos unos a otros las ofensas es universal (Mt 6,14-15: si vosotros perdonáis a los hombres sus ofensas, os perdonará también a vosotros vuestro Padre celestial; pero si no perdonáis a los hombres, tampoco vuestro Padre perdonará vuestras ofensas; Col 3,13: Como el Señor os perdonó, perdonaos también vosotros). Pero en este mandato se nos manda que nosotros perdonemos las ofensas hechas contra nosotros mismos; este perdón no implica que el ofensor sea perdonado también por Dios; esto es otra cosa que debe arreglarse entre el pecador y Dios. Precisamente, este asunto Jesucristo lo encarga a sus apóstoles.
La promesa de este poder la encontramos en el texto de Mt 16, dirigida a Pedro bajo la metáfora de las llaves y de “atar-desatar”: A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en la tierra quedará desatado en los cielos (Mt 16,19). Ya hemos explicado el significado de la parábola más arriba, al hablar del primado de Pedro. Pero la entrega efectiva de ese poder, tiene lugar después de la Resurrección de Cristo y va dirigida a todos los apóstoles (a diferencia del primado, que sólo se dirige a Pedro, tanto en Mt 16 como en Jn 21): Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedarán perdonados y a quienes se los retengáis, les quedarán retenidos (Jn 20,22-23). Los apóstoles fueron concientes de este poder, como señala San Pablo en la segunda carta a los Corintios: Todo eso es la obra de Dios, que nos reconcilió con Él en Cristo, y que a mí me encargó la obra de la reconciliación (2Co 5,18).
Los apóstoles, por su parte, al asegurar la continuidad de su ministerio por medio de la ordenación de sus sucesores (obispos y sacerdotes), les confiaron el poder recibido del mismo Cristo, como le hace notar san Pablo a Timoteo: Te recomiendo que avives el fuego de Dios que está en ti por la imposición de mis manos (2Tim 1,6). De esta manera, se cumple la promesa del Señor hecha a los apóstoles de que “estaría con ellos hasta el fin del mundo” (cf. Mt 28,20); evidentemente se refería a sus sucesores, puesto que los apóstoles murieron y ellos no están ya en el mundo; por tanto, la promesa de Cristo se refería al ministerio desarrollado por los apóstoles.
No impide, este poder, que el mismo sacerdote sea pecador, porque su poder no está condicionado a su santidad. Él puede perdonar los pecados por el poder recibido en su ordenación, pero al mismo tiempo él necesita del perdón de sus pecados, y por eso debe confesarse con otro sacerdote; y esta necesidad afecta a todo hombre, sea sacerdote, obispo o el mismo Papa.
Bibliografía sobre sacerdocio en general:
Antonio Royo Marín, El sacramento del orden, en: Teología moral para seglares, BAC, Madrid 1984, tomo II, pp. 521-559;
Pablo VI, Enc. Sacerdotalis coelibatus (1967);
Michael Schmaus, Teología dogmática, tomo VI (Los sacramentos), Rialp, Madrid 1963, pp. 658-699.
Sobre la confesión:
Antonio Royo Marín, La penitencia, en: Teología moral para seglares, BAC, Madrid 1984, tomo II, pp. 254-502;
P. Adnès, La penitencia, BAC, Madrid 1981;
J. Ramos Regidor, El sacramento de la penitencia, Salamanca 1975;
Juan Pablo II, Exh. Reconciliatio et paenitentia;
Miguel Ángel Fuentes, Revestíos de entrañas de misericordia. Manual de preparación para el sacramento de la penitencia, Ed. Verbo Encarnado, San Rafael 1999;
Id., A quienes perdonéis, Ed. Verbo Encarnado, San Rafael 2002;
B. Häring, Shalom: paz. El sacramento de la reconciliación, Herder, Barcelona 1970;
M. Nicolau, La reconciliación con Dios y con la Iglesia, Madrid 1977;
de orden más histórico es el artículo de Hubert Jedin, La necessité de la confession privée selón le Concile de Trente, en: “La Maison-Dieu” 104 (1970), p. 115.
[1] Cf. Tim Staples, La Biblia me convenció, en: Patrick Madrid, Asombrado por la verdad, p. 255-256.
P. Miguel A. Fuentes, IVE. http://www.teologoresponde.org